Derechos de los inquilinos en Maryland

4 Derechos de los inquilinos en Maryland

Los propietarios e inquilinos en Maryland deben familiarizarse con las leyes de arrendadores e inquilinos de Maryland. Estas leyes detallan las reglas y responsabilidades específicas que deben seguir tanto los propietarios como los inquilinos. Conforme a la ley de Maryland, los inquilinos tienen derecho a no sufrir discriminación en materia de vivienda, un derecho a ciertas protecciones de depósito de seguridad, el derecho a no recibir represalias del propietario y el derecho a la protección después de la violencia doméstica.

Conozca cuatro derechos de inquilinos en Maryland.

El derecho del inquilino de Maryland a una vivienda justa

§§ 20-101; 20-704; 20-705

Un derecho que tiene derecho a cada inquilino es la libertad de discriminación en cualquier actividad de vivienda. En Maryland, los inquilinos tienen una doble capa de protección.

Ley Federal de Vivienda Justa

Los inquilinos de Maryland primero están protegidos por la Ley Federal de Vivienda Justa. Esta ley, que fue creada en 1968, estaba destinada a proteger a los ciudadanos de los Estados Unidos de cualquier tipo de trato injusto cuando se trata de situaciones de vivienda. La Ley Federal de Vivienda Justa protege específicamente a siete clases diferentes de personas. Estas clases son:

Ley de Equidad de Vivienda de Maryland

Además de la ley federal, el estado de Maryland tiene sus propias reglas de vivienda justa. Estas reglas actúan como un complemento de la ley federal. El estado de Maryland protege a tres clases adicionales de personas.

Estos son:

¿Qué derechos protege la vivienda justa?

Bajo la Ley de Vivienda Justa, los propietarios tienen prohibido hacer cualquiera de los siguientes:

¿Alguien está exento de seguir la Ley de Vivienda Justa?

En Maryland, ciertos ocupantes propietarios están exentos de seguir ciertas reglas de vivienda justa. El propietario-ocupante debe:

O

Si el propietario cumple con cualquiera de estos requisitos, el propietario no tiene que seguir las reglas de vivienda justa para las siguientes clases de personas:

El propietario todavía debe seguir las reglas de vivienda justa para las siguientes clases de personas:

Ejemplo de una Infracción de Vivienda Justa:

Un propietario tiene una vacante en su propiedad de alquiler.

El propietario coloca un anuncio en línea en un intento de encontrar un nuevo inquilino. En este anuncio, el propietario declara que el edificio está ubicado en una comunidad cristiana, por lo que cualquiera que no sea cristiano no debe presentar la solicitud. Esta es una declaración discriminatoria, y el propietario podría ser acusado de violar la Ley de Equidad de Vivienda.

El derecho del inquilino de Maryland al depósito de seguridad

§§ 8-203; 8-203.1

Los inquilinos en Maryland tienen derecho a estar protegidos cuando depositan un depósito de seguridad para poder alquilar la propiedad. Están protegidos por la cantidad que deponen, la forma en que el propietario debe almacenar el depósito, el recorrido requerido por el propietario y el plazo para que se devuelva el depósito.

Monto máximo de depósito:

Los propietarios de Maryland solo tienen permitido legalmente cobrar hasta dos veces el alquiler mensual como depósito de seguridad .

Si el propietario recolecta más que eso, es ilegal. Un tribunal podría adjudicar al inquilino hasta tres veces el monto recaudado en exceso de dos meses de alquiler.

Almacenamiento del depósito:

Los propietarios en Maryland deben almacenar los depósitos de seguridad de los inquilinos en una cuenta separada que es solo para depósitos de seguridad. Si el depósito de seguridad es más de cincuenta dólares, entonces la cuenta debe ganar intereses. La tasa de interés debe ser de al menos tres por ciento por año.

Recorrido obligatorio del propietario:

La ley de propietarios e inquilinos de Maryland requiere que los propietarios realicen una inspección de recorrido . Esta inspección debe realizarse dentro de los cinco días posteriores a la mudanza del inquilino. El propósito de esta inspección es documentar el estado de la unidad de alquiler. El propietario debe notificar al inquilino de la fecha en que se llevará a cabo la inspección y del derecho del inquilino de estar presente durante la inspección.

Devolución del depósito:

Existen reglas específicas que los propietarios de Maryland deben seguir al devolver el depósito de seguridad de un inquilino. El inquilino tiene derecho a que le devuelvan su depósito de seguridad dentro de los 45 días posteriores a su mudanza. El propietario debe enviar este depósito por correo de primera clase y debe incluir la parte del depósito que se le debe al inquilino.

Si el propietario tomó deducciones del depósito, entonces el propietario también debe incluir una lista detallada por escrito al devolver este depósito. Esta lista debe incluir las deducciones exactas que se han tomado y el monto en dólares por cada deducción.

El inquilino de Maryland está en lo correcto después de la represalia del propietario

§§ 8-208.1, 8-208.2

No es raro que los propietarios y el inquilino tengan conflictos. Por esta misma razón, Maryland tiene una ley que protege a los inquilinos en caso de que un propietario intente tomar represalias contra el inquilino.

Acciones de inquilinos legales que podrían desencadenar represalias del propietario:

Las siguientes son razones comunes por las cuales un propietario puede tomar represalias contra un inquilino:

Actos del propietario que podrían considerarse represalia:

¿Cuándo puede un inquilino reclamar represalias ?:

Un inquilino puede intentar demostrar que un propietario cometió un acto de represalia cuando:

Cronología para que la Ley se considere Represalia:

Para que un tribunal considere que la acción de un propietario es una represalia, la acción del propietario debe haber ocurrido dentro de los seis meses posteriores a que el inquilino haya realizado una acción, como presentar una queja contra el propietario.

Si el tribunal determina que el propietario ha tomado represalias:

Si un tribunal llega a la conclusión de que un propietario ha realizado una acción de represalia, el tribunal podría adjudicarle al inquilino hasta tres meses de alquiler, más los costos judiciales razonables y los honorarios del abogado.

Si el Tribunal determina que el propietario no ha tomado represalias:

Si un tribunal determina que el reclamo del inquilino de la represalia del propietario no tiene mérito, entonces el tribunal podría otorgarle al propietario hasta tres meses de alquiler, más los costos judiciales razonables y los honorarios del abogado.

El inquilino de Maryland es justo después de la violencia doméstica

§§ 8-402, 8-5A-01 a 8-5A-06

Los inquilinos que han sido víctimas de violencia doméstica o víctimas de agresión sexual tienen ciertos derechos según la ley de Maryland.

Terminación del contrato de arrendamiento:

Los inquilinos que han sido víctimas de violencia doméstica o agresión sexual tienen el derecho de rescindir su contrato de arrendamiento temprano sin penalidad.

Noticia escrita:

Para rescindir el contrato de arrendamiento, el inquilino debe proporcionar al propietario una notificación por escrito, ya sea por correo o entrega a mano, de su deseo de rescindir el contrato.

Copia de orden de protección:

Con la notificación por escrito, el inquilino debe presentar una prueba de su reclamo de violencia doméstica o agresión sexual. Esta forma de prueba debe incluir una copia de una orden de protección. Las víctimas de agresión sexual también deben incluir una copia de una orden de paz que se les ha emitido.

30 dias:

El inquilino tendrá 30 días después de proporcionar la notificación por escrito para rescindir el contrato de arrendamiento para mudarse de la propiedad de alquiler.

El inquilino no se mueve dentro de los 30 días:

Si el inquilino no se muda de la propiedad dentro de los 30 días, el propietario tiene dos opciones:

1. Clasifique al inquilino como un inquilino remanente y tome los pasos apropiados para desalojar al inquilino. El propietario podría otorgarle al propietario daños y perjuicios por el mantenimiento del inquilino.

2. Asuma que el inquilino ya no quiere mudarse y restablezca los términos del arrendamiento original.

Responsabilidad de alquiler:

El inquilino es el único responsable de pagar el alquiler por el período de 30 días después de que hayan entregado el aviso por escrito de que finalizarán su contrato de arrendamiento.

Derecho a cambiar las cerraduras:

Los inquilinos de Maryland que han sido víctimas de violencia doméstica o agresión sexual pueden tener derecho a que se modifiquen las cerraduras de su unidad. Para hacer esto, se deben cumplir un par de condiciones.

1. La orden de protección u orden de paz debe indicar que el perpetrador no tiene el derecho de ingresar a la unidad o debe abandonar la unidad si actualmente vive allí.

2. El inquilino debe proporcionar al propietario un aviso por escrito de su deseo de cambiar las cerraduras.

3. El inquilino debe proporcionar prueba de este aviso por escrito. Esto debería ser una copia de una orden de protección u orden de paz.

Hora de cambiar cerraduras:

El propietario debe cambiar las cerraduras dentro de un día hábil después de recibir este aviso por escrito. El propietario debe proporcionarle al inquilino la nueva llave dentro de las 48 horas.

Si el propietario no lo hace, el inquilino tiene derecho a cambiar las cerraduras. El inquilino tendría que proporcionarle al propietario la nueva llave dentro de un día hábil después de haber cambiado las cerraduras.

Derecho a cobrar una tarifa:

Un propietario tiene el derecho de cobrar al inquilino una tarifa razonable por cambiar las cerraduras. El inquilino debe pagar esta tarifa dentro de los 45 días de haber cambiado las cerraduras.

Si el inquilino no paga esta tarifa dentro de los 45 días, el propietario puede cobrar esta tarifa como alquiler adicional o puede deducir esta cantidad del depósito de seguridad del inquilino.

Ley de inquilinos del propietario de Maryland

Si desea ver el texto original de la ley de propietarios e inquilinos de Maryland, consulte el Código de propiedad inmueble de Maryland Anotado, Título 8.