4 Derechos de los inquilinos en Carolina del Norte
El derecho del inquilino de Carolina del Norte a una vivienda justa
§ 41A
Cada inquilino en el estado de Carolina del Norte está protegido por la Ley Federal de Vivienda Justa , así como por la Ley de Equidad de Vivienda del Estado de Carolina del Norte. La Ley Federal se estableció en 1968. La Ley de Equidad de Vivienda de Carolina del Norte se creó en 1983 para reafirmar la ley federal y dejar en claro que estas normas se aplican localmente a todos los propietarios e inquilinos en el estado de Carolina del Norte.
¿Qué significa vivienda justa?
El derecho a una vivienda justa significa que todas las clases de personas deben recibir el mismo trato cuando se trata de cualquier problema relacionado con la vivienda. Puede incluir:
- Alquilar propiedad
- Compra de propiedad
- Obtención de asistencia financiera para alquilar o comprar una propiedad
Bajo la Ley de Equidad de Vivienda, sería ilegal hacer cualquiera de los siguientes
- Negarse a alquilar o vender a alguien porque son miembros de una determinada clase.
- Cambie los términos del arrendamiento porque son miembros de cierta clase.
- Use declaraciones discriminatorias en un anuncio para alquilar o vender la propiedad.
- Declare falsamente que una unidad no está disponible porque una persona es miembro de una determinada clase.
- Negarse a hacer ajustes razonables a una persona con discapacidades.
¿Qué clases están específicamente protegidas?
Las siete clases de personas que están protegidas por la Vivienda Justa son:
- Color
- Discapacidad
- Estado familiar
- Origen nacional
- Carrera
- Religión
- Sexo
Ejemplo de una Infracción de Vivienda Justa:
Un propietario publica un anuncio de alquiler para una vacante en su propiedad de alquiler. En el anuncio, el propietario declara que la unidad está en el tercer piso, por lo que los ancianos, los discapacitados y las personas con niños pequeños no necesitan inscribirse. Es una declaración discriminatoria destinada a excluir a estos grupos de personas. El propietario podría ser acusado de violar la Ley de Equidad de Vivienda.
Derecho del inquilino de Carolina del Norte al depósito de seguridad
Los inquilinos en Carolina del Norte están protegidos por la ley de propietario e inquilino cuando se trata de su depósito de seguridad. Hay reglas específicas sobre cuánto puede cobrar un propietario como depósito, las razones por las cuales el propietario puede hacer deducciones del depósito, los requisitos para almacenar el depósito y cuándo el propietario debe devolver el depósito.
En Carolina del Norte, el monto del depósito de seguridad de un inquilino dependerá de la duración de su contrato de arrendamiento. Mientras más largo sea el arrendamiento, más podrá cobrar un propietario.
- Inquilinos semanales: alquiler de dos semanas
- Inquilinos mensuales: un mes y medio de alquiler
- Inquilinos anuales: alquiler de dos meses
- Depósito por mascota: los propietarios también pueden cobrar a los inquilinos un depósito razonable por mascota.
Razones para deducciones
La ley de propietarios e inquilinos de Carolina del Norte enumera ocho razones por las cuales un propietario puede tomar deducciones del depósito de seguridad del inquilino. Algunas de estas razones incluyen:
- Daño que excede el desgaste normal
- Facturas de servicios no pagadas
- Eliminar las posesiones de un inquilino después de un desalojo
- Alquiler no pagado
Almacenar el depósito
Los propietarios tienen dos opciones sobre cómo pueden almacenar el depósito de un inquilino durante el alquiler. El propietario puede:
- Coloque el dinero en una cuenta fiduciaria
- Publique una fianza por la cantidad del depósito de seguridad del inquilino
Devolución del depósito
Los inquilinos de Carolina del Norte generalmente tienen derecho a la devolución de su depósito de seguridad dentro de los 30 días posteriores a su mudanza. Si el propietario no puede calcular con precisión las deducciones que se deben tomar del depósito, entonces el propietario puede tener hasta 60 días para devolver el depósito del inquilino.
El propietario debe incluir una lista detallada por escrito de cualquier deducción que se haya tomado del depósito.
Derechos del inquilino de Carolina del Norte después de la venganza del propietario
§§ 42-37.1
Acciones de inquilinos legales que podrían desencadenar represalias del propietario
Hay ciertos actos que un inquilino puede realizar que podrían irritar al propietario y provocar que el propietario intente tomar represalias. Estos actos incluyen:
- Quejarse con el propietario, o el agente del propietario, acerca de una reparación necesaria o una condición de salud o seguridad en la propiedad.
- Quejarse ante una agencia gubernamental sobre una violación de salud o seguridad en la propiedad o cualquier otra violación al código de propiedad de alquiler.
- Una agencia del gobierno que emite una queja formal al propietario sobre una unidad alquilada por un inquilino.
- Un inquilino que ejerce un derecho otorgado bajo el contrato de arrendamiento o que es otorgado por la ley de propietarios e inquilinos de Carolina del Norte.
- Organizar o unirse a un sindicato de inquilinos u otra organización de derechos de los inquilinos.
Ejemplos de represalia del propietario
Lo siguiente podría considerarse actos de represalia del propietario:
- Aumentar el alquiler de un inquilino
- Disminuir servicios a un inquilino
- No hacer las reparaciones necesarias
- Negarse a realizar el mantenimiento necesario
- Acosar al inquilino
- Presentando para desalojar al inquilino- Un desalojo de represalia
Cronología de represalias
En Carolina del Norte, un inquilino solo puede tratar de reclamar que un propietario actuó en represalia si la acción del propietario ocurrió dentro de los 12 meses posteriores a la fecha en que el inquilino cometió la acción legalmente permitida.
Veces cuando la acción del propietario no se considera represalia
Incluso si un propietario ha presentado una demanda para desalojar a un inquilino dentro de este período de 12 meses, este desalojo no siempre se considera un acto de represalia en Carolina del Norte. En las siguientes situaciones, un propietario tiene el derecho legal de presentar una declaración para desalojar a su inquilino. Estas situaciones incluyen:
- El inquilino no pagó el alquiler.
- El inquilino incumplió sustancialmente su contrato de arrendamiento.
- El inquilino se negó a mudarse después de que su contrato de arrendamiento haya expirado.
- La violación de salud o seguridad o la reparación necesaria fue causada por la conducta o negligencia del inquilino, un miembro de la familia del inquilino o un invitado del inquilino.
- Cumplir con la violación de salud o seguridad implica alterar la estructura de una manera que podría causar que el inquilino tenga que abandonar la unidad por un período prolongado de tiempo.
- El propietario presentó una demanda para desalojar al inquilino antes de que el inquilino se queje de una violación de salud o seguridad o de que cometa alguna de las otras acciones legalmente permitidas.
- El propietario quiere recuperar la posesión de la unidad para que pueda ingresar a la unidad.
- El propietario desea sacar la unidad del mercado como alquiler durante al menos seis meses.
- El propietario desea hacer modificaciones importantes a la unidad que no podrían completarse con seguridad con los inquilinos que ocupan la unidad.
Derechos de los inquilinos de Carolina del Norte después de la violencia doméstica
§§ 42-42.2, 42-42.3, a 42-45.1
Libertad de discriminación
Los propietarios en Carolina del Norte no pueden discriminar contra un inquilino o inquilino potencial porque él o ella ha sido víctima de violencia doméstica, asalto sexual o acoso. Un propietario no puede:
- Negarse a alquilar a un posible inquilino.
- Negarse a alquilar a un inquilino potencial porque él o ella ha rescindido previamente un contrato de arrendamiento debido a la violencia doméstica.
- Archivo para rescindir el contrato de alquiler del inquilino.
- Negarse a renovar el contrato de alquiler de un inquilino.
- Represalia contra el inquilino de otra manera.
Derecho a terminar el contrato de arrendamiento
Los inquilinos que han sido víctimas de violencia doméstica tienen el derecho de rescindir su contrato de arrendamiento temprano sin penalización. El inquilino debe proporcionar al propietario un aviso por escrito de su deseo de terminar. La fecha deseada de terminación del contrato de alquiler debe ser de al menos 30 días después de que el propietario reciba el aviso. El inquilino también debe incluir una prueba de su reclamo de violencia doméstica.
Para rescindir un contrato de arrendamiento anticipadamente, el inquilino debe proporcionar una de las siguientes formas de prueba:
- Una copia de una orden judicial de protección.
- Una copia de una orden de restricción.
- Una tarjeta de programa de confidencialidad de dirección
El inquilino también debe proporcionar una copia de un plan de seguridad que ha sido emitido al inquilino por un programa de violencia doméstica o agresión sexual. El plan tiene que recomendar la reubicación para el inquilino.
Obligación de pagar el alquiler
Un inquilino que termina su contrato de arrendamiento temprano debido a violencia doméstica solo es responsable de pagar el alquiler hasta la fecha de finalización. Cualquier otro inquilino que permanezca en la vivienda después de que la víctima rescinda el contrato de arrendamiento sigue siendo responsable de realizar los pagos normales del alquiler. Si un posible inquilino rescinde el contrato de arrendamiento al menos 14 días antes de la mudanza, él o ella no es responsable de realizar ningún pago de la renta.
Prueba de violencia doméstica:
Un propietario en Carolina del Norte tiene el derecho de solicitar un comprobante de un inquilino que verifique su reclamo de violencia doméstica. Esta prueba podría ser cualquiera de los siguientes:
1. Una orden de protección u otros registros de la policía, el tribunal u otra agencia federal.
2. Un documento firmado de un programa de violencia doméstica o programa de agresión sexual que verifica el reclamo.
3. Un documento firmado por profesionales religiosos, médicos u otros profesionales que verifica el reclamo.
Derecho a cambiar las cerraduras:
- Si el perpetrador no vive en la unidad
Para los inquilinos que han sido víctimas de violencia doméstica, donde el perpetrador no vive en la misma unidad, el inquilino u otros miembros del hogar del inquilino pueden solicitar que se cambien las cerraduras de su unidad de alquiler. Esta solicitud puede hacerse por escrito o verbalmente. Dentro de las 48 horas posteriores a la recepción de la solicitud, el propietario debe cambiar las cerraduras o dar permiso al inquilino para cambiar ellas mismas las cerraduras.
- Si el perpetrador vive en la unidad
Si el perpetrador de violencia doméstica vive en la misma unidad que la víctima, para que se modifiquen las cerraduras, la víctima debe solicitar verbalmente o por escrito que se cambien las cerraduras y debe proporcionarle al propietario una copia de una orden judicial. que establece que el perpetrador ya no está permitido en la propiedad de alquiler.
El perpetrador sigue siendo responsable de pagar cualquier alquiler adeudado en virtud del contrato de alquiler original. El propietario tiene 72 horas de la solicitud del inquilino para cambiar las cerraduras del inquilino.
Gastos del inquilino
Las cerraduras se cambiarán a expensas del inquilino.
Si el inquilino cambia las cerraduras
Si el propietario le da permiso al inquilino para cambiar las cerraduras o si el propietario no puede cambiar las cerraduras dentro del plazo de 48 o 72 horas, el inquilino puede cambiar las cerraduras. Si el inquilino cambia las cerraduras, el inquilino debe darle al propietario una llave para las nuevas cerraduras dentro de las 48 horas de cambiar las cerraduras.
Ley de inquilinos de arrendadores de Carolina del Norte
Si desea ver el texto original de la Ley de Inquilinos Propietarios de Carolina del Norte, consulte los Estatutos Generales de Carolina del Norte §§42-1 a 42-14.4 y §§42-25.6 a 42-76.