7 Derechos de los inquilinos en Alabama
Derecho del inquilino de Alabama a la vivienda con igualdad de oportunidades
Los inquilinos en el estado de Alabama tienen derecho a no sufrir discriminación en actividades relacionadas con la vivienda. Sin embargo, a diferencia de la mayoría de los estados, no existe una ley estatal de vivienda justa que proteja específicamente a los inquilinos en Alabama. En cambio, los inquilinos de Alabama deben confiar en la protección según la Ley Federal de Equidad de Vivienda.
La Ley Federal de Vivienda Justa protege a siete clases de personas. Éstas incluyen:
- Color
- Discapacidad (física y mental)
- Estado familiar
- Origen nacional
- Carrera
- Religión
- Sexo
Estas clases de personas están protegidas contra la discriminación cuando alquilan una propiedad, cuando intentan comprar una propiedad, mientras viven en la propiedad o cuando intentan obtener un préstamo u otro financiamiento para una propiedad.
Los propietarios deben tener mucho cuidado de no realizar ninguna acción que pueda considerarse una práctica de alquiler discriminatoria. Ejemplos de acciones discriminatorias podrían incluir:
- Indique en un anuncio de alquiler que las familias con niños no necesitan inscribirse, a menos que se trate de una instalación de vivienda para personas mayores designada.
- Negarse a hacer adaptaciones razonables para inquilinos con discapacidades.
- Participar en un aumento de renta de represalia en un esfuerzo por expulsar a una familia de una unidad debido a su raza.
Derecho del inquilino de Alabama al depósito de seguridad
Segundo. 35-9A-201
La Ley de inquilinos del propietario de Alabama incluye una provisión para el depósito de seguridad. Un depósito de seguridad es una suma de dinero que un arrendador puede cobrar legalmente a un arrendatario antes de mudarse.
En Alabama, un propietario puede cobrarle a un inquilino un máximo de un mes de alquiler como depósito de seguridad. Sin embargo, el propietario también puede cobrar un depósito adicional por las mascotas o por cambios en la unidad.
Además de la cantidad máxima que un propietario puede cobrar como un depósito de seguridad, Alabama no tiene muchas otras reglas específicas sobre cómo el propietario debe almacenar el depósito de seguridad del inquilino. Alabama no requiere una inspección directa antes de que el inquilino se mude y no requiere que el depósito se guarde en una cuenta separada que devengue intereses.
Alabama requiere que el propietario devuelva la parte del depósito de seguridad del inquilino que se le debe al inquilino dentro de los 35 días de la mudanza del inquilino. Esto se debe enviar a la última dirección conocida del inquilino a través del correo de primera clase.
Derecho del arrendatario de Alabama a retener el alquiler por reparaciones
Segundo. 35-9A-164; 35-9A-204; 35-9A-401; 35-9A-404 y 35-9A-405
Ciertos estados permiten a los inquilinos retener el pago de su alquiler hasta que se haya reparado una reparación necesaria o una violación de salud y seguridad en su unidad.
Alabama no es uno de esos estados. Un inquilino tiene la responsabilidad de pagar su alquiler a tiempo. Sin embargo, el inquilino tiene el derecho de notificar por escrito al propietario que se deben realizar las reparaciones necesarias a la unidad dentro de los 14 días o que se rescindirá el contrato de alquiler .
Derecho del inquilino de Alabama a recibir un aviso antes de la entrada del propietario
Segundo. 35-9A-144; 35-9A-303 y 35-9A-442
En Alabama, un inquilino generalmente tiene el derecho de recibir un aviso antes de que se le permita a un propietario ingresar a su unidad de alquiler.
En la mayoría de las circunstancias, el propietario debe proporcionarle al inquilino un aviso con al menos dos días de anticipación antes de permitirle el ingreso a la unidad del inquilino. Hay ciertas situaciones, como en emergencias o bajo una orden judicial, cuando el propietario no tiene que proporcionar este aviso de dos días para ingresar.
Un inquilino generalmente debe otorgarle acceso al propietario si el propietario le ha avisado debidamente y el propietario está intentando ingresar a la unidad por una razón legal, como mostrar la unidad a un posible inquilino o hacer una reparación necesaria.
Derechos de los inquilinos de Alabama después de la represalia del propietario
Segundo. 35-9A-204; 35-9A-401 (b); 35-9A-407 y 35-9A-501
La conducta de represalia por parte de un propietario nunca está permitida. Un ejemplo de una acción de represalia podría ser si un propietario aumenta el alquiler de un inquilino después de que el inquilino se quejó a la ciudad sobre un posible problema de salud o seguridad.
En Alabama, si un propietario intenta tomar represalias contra un inquilino, el inquilino tiene ciertos derechos. Al inquilino se le puede otorgar la posesión de la unidad de alquiler si ha sido desalojado ilegalmente o si el inquilino puede optar por rescindir el contrato de alquiler. En cualquiera de los casos, el inquilino puede recibir hasta tres meses de alquiler o daños reales, lo que sea mayor, más los honorarios razonables de los abogados.
Divulgación del derecho de alquiler del inquilino de Alabama
Segundo. 35-9A-161-164 y 35-9A-421
En Alabama, los inquilinos tienen ciertos derechos cuando se trata de la renta. Esto incluye la cantidad de renta mensual, donde se pagará la renta y la duración del contrato de arrendamiento.
Un propietario tiene ciertos derechos bajo esta sección si un inquilino no paga el alquiler. El propietario puede notificar por escrito al inquilino que el contrato de alquiler del inquilino terminará en siete días si el inquilino no paga el alquiler que adeuda. Esta sección también incluye los términos que no están permitidos en el contrato de alquiler, como hacer que el inquilino pague los honorarios del abogado del propietario.
Derecho del inquilino de Alabama a la divulgación del agente
Segundo. 35-9A-202
En Alabama, un inquilino tiene el derecho legal de conocer el nombre y la dirección comercial del propietario o del agente del propietario. Es la persona que tiene la autoridad para administrar la propiedad, cobrar el alquiler y recibir y dar avisos y demandas. El propietario está obligado a divulgar esta información al inquilino por escrito.
Ley de inquilinos del propietario de Alabama
Si está interesado en ver el texto original de la ley de propietarios e inquilinos de Alabama, consulte el Código de inquilinos de arrendadores de Alabama §§ 35-9-1 a 35-9-100 y la Ley de inquilinos e inquilinos residenciales uniformes de Alabama §§ 35-9A-101. a 35-9A-603.