Lo que todo propietario e inquilino de Nueva York necesita saber
8 Conceptos básicos de la Ley de depósito de seguridad de Nueva York:
- Depósito de seguridad máximo: sin límite
- Depósito no reembolsable: no permitido
- Almacenamiento de depósitos: en una cuenta bancaria separada. El depósito debe ganar intereses si la propiedad alquilada tiene 6 o más unidades.
- Aviso por escrito: Sí, debe enviar un aviso al inquilino después del recibo del depósito.
- Mantener depósito: daños, alquiler no pagado, otros incumplimientos en alquiler.
- Inspección directa: no obligatoria
- Devolución de depósito: dentro de un tiempo razonable
- Venta de propiedad: el propietario debe transferir todos los depósitos al nuevo propietario y notificar a los inquilinos por escrito que sus depósitos han sido transferidos.
1. ¿Existe un límite de depósito de seguridad en Nueva York?
No. No hay un límite estatal en cuanto a la cantidad máxima que un propietario puede cobrarle a un inquilino como un depósito de seguridad .
Se pueden aplicar diferentes reglas en apartamentos con renta estabilizada. Para dichos apartamentos, la cantidad máxima que un propietario puede cobrar como depósito de seguridad es de un mes de alquiler. La excepción a esta regla es si el propietario recolectó un depósito de seguridad más grande, de hasta dos meses de renta, del inquilino antes de que el apartamento se estabilizara. En este caso, el propietario y el inquilino deben seguir el depósito de garantía original hasta la terminación del contrato de arrendamiento.
2. ¿Se puede cobrar un depósito no reembolsable?
No. Un propietario en el estado de Nueva York no puede cobrar a un inquilino un depósito de seguridad no reembolsable. En el estado de Nueva York, el depósito de seguridad siempre se considera propiedad del inquilino. El propietario es responsable de depositar este depósito en un fideicomiso durante el plazo del contrato de arrendamiento o alquiler.
3. ¿Cómo debe almacenar el depósito de seguridad en Nueva York?
El depósito de seguridad debe almacenarse en una institución bancaria que tenga una ubicación dentro del estado de Nueva York. El depósito no debe mezclarse con ningún dinero personal del propietario y el propietario no debe intentar usar el dinero del depósito de seguridad como si fuera el suyo.
- Cuenta que genera intereses : para propiedades de alquiler con seis o más unidades, los propietarios deben colocar los depósitos de seguridad de los inquilinos en una cuenta que genere intereses. La cuenta debe ganar intereses a una tasa equivalente a la tasa de interés vigente para depósitos similares en el área. No se requiere que un propietario coloque un depósito de seguridad del inquilino en una cuenta que devengue intereses si la propiedad tiene menos de seis unidades.
- ¿Quién obtiene el interés?
- Inquilino: el interés restante ganado pertenece al inquilino. El inquilino tiene tres opciones para este interés. El propietario puede:
- Mantenga este dinero para el inquilino en el fideicomiso hasta el final del contrato de arrendamiento.
-Poner este dinero para el alquiler del inquilino.
O bien, pague este interés al inquilino cada año.
- Inquilino: el interés restante ganado pertenece al inquilino. El inquilino tiene tres opciones para este interés. El propietario puede:
- Propietario: si la cuenta genera intereses, el propietario puede cobrar una tarifa anual equivalente al uno por ciento del depósito de seguridad.
4. ¿Se requiere una notificación por escrito después del recibo del depósito de seguridad en Nueva York?
Sí. Si un propietario deposita un depósito de seguridad del inquilino en una institución bancaria, el propietario debe notificar al inquilino por escrito. Este aviso por escrito debe incluir:
- El nombre de la institución bancaria
- La dirección de la institución bancaria
- La cantidad total de dinero depositada
5. Razones por las que los propietarios de Nueva York pueden guardar el depósito de seguridad del inquilino
En el estado de Nueva York, el propietario puede conservar la totalidad o una parte del depósito de seguridad del inquilino por daños que excedan el uso y desgaste normal o para cubrir el alquiler no pagado. El propietario puede retener todo o parte del depósito de seguridad por incumplimientos adicionales del contrato de arrendamiento.
6. ¿Se requiere una inspección a pie en Nueva York?
No. Los propietarios en el estado de Nueva York no están obligados a realizar una inspección previa antes de que el inquilino se mude .
7. ¿Cuándo debe devolver el depósito de seguridad de un inquilino en Nueva York?
Los propietarios en el estado de Nueva York deben devolver el depósito de seguridad del inquilino al finalizar el alquiler o dentro de un "tiempo razonable" a partir de entonces. La ley no especifica un número exacto de días.
8. ¿Qué le sucede al depósito de seguridad si vende su propiedad?
Si una propiedad de inversión se vende o cambia de propietario, el propietario debe hacer dos cosas dentro de los cinco días posteriores a la transferencia de la propiedad.
- Transfiera todos los depósitos de seguridad al nuevo propietario.
- Notifique a los inquilinos de los que ha recibido un depósito de seguridad, por escrito, por correo certificado o registrado, del cambio en la titularidad. En este aviso por escrito, el propietario debe proporcionarle al inquilino lo siguiente:
- El nombre del nuevo propietario / propietarios.
- La dirección del nuevo propietario / propietarios.
Se pueden aplicar diferentes reglas si una propiedad ha sido embargada, por lo que debe buscar asesoría legal si su propiedad ha sido ejecutada o si está comprando una ejecución hipotecaria para determinar las acciones apropiadas.
¿Qué es la Ley de depósito de seguridad de Nueva York?
Para ver el texto original que rige las leyes de depósito de seguridad en el estado de Nueva York, consulte la Ley de Obligaciones Generales de Nueva York §§ 7-103 a 7-108.