Aunque las organizaciones sin fines de lucro exentas de impuestos no pagan impuestos federales, sí tienen que presentar un formulario de información con el IRS. Ese formulario se llama 990. Tener que presentar el 990 asegura que las organizaciones sin fines de lucro lleven a cabo su negocio de una manera que sea consistente con sus responsabilidades públicas.
El 990, que se debe hacer público, también proporciona una manera fácil para que los donantes y otras personas interesadas en apoyar una causa en particular encuentren y evalúen las mejores organizaciones benéficas para apoyar. En cierto modo, el 990 puede ser una herramienta de relaciones públicas para una organización benéfica cuando se tiene cuidado de completarla de forma correcta y cuidadosa.
Una organización puede aclarar su misión en el 990 y detallar sus logros del año anterior. Un donante puede averiguar de dónde obtiene sus ingresos el grupo. Una fundación puede ver cuán sostenible puede ser la caridad. Un empleado potencial puede saber qué tan bien paga la organización sin fines de lucro a sus mejores empleados. Y un posible miembro de la junta directiva puede ver quién más ya está en el consejo y cuáles son las reservas de efectivo de la organización benéfica.
Toda esa información y más se pueden encontrar en el 990, lo que hace que este formulario sea útil para cualquiera que investigue sobre organizaciones sin fines de lucro. Ese hecho hace que sea aún más importante que una organización sin fines de lucro gaste el tiempo y la energía adecuados para completar su 990 cuidadosamente y a tiempo.
01 - ¿Qué es un 990?
El IRS y el público pueden evaluar las organizaciones sin fines de lucro y cómo funcionan simplemente examinando sus 990. El formulario recopila información sobre la misión, los programas y las finanzas de las organizaciones exentas de impuestos. El 990 también brinda a cada organización sin fines de lucro la oportunidad de informar lo que logró el año anterior, lo que justifica que se mantenga su estado exento de impuestos.
Debido a revisiones recientes, el Formulario 990 recopila aún más información, como la divulgación de posibles conflictos de intereses , la compensación de los miembros de la junta y el personal, y otros detalles que tienen que ver con la responsabilidad financiera y la prevención del fraude.
02 - ¿Qué organizaciones sin fines de lucro deben presentar un 990?
- Todas las fundaciones privadas, independientemente de los ingresos. Presentan el Formulario 990-PF.
- La mayoría de las organizaciones exentas de impuestos con ingresos brutos de $ 200,000 o activos por valor de $ 500,000
- Las organizaciones sin fines de lucro más grandes que tienen ingresos brutos de más de $ 50,000 pueden presentar el Formulario 990 o 990-EZ.
- Las pequeñas organizaciones sin fines de lucro con ingresos brutos de $ 50,000 o menos deben presentar el 990-N (e-Postcard) para mantener su estado de exención.
- Organizaciones que están exentas de impuestos bajo las Secciones 501 (c), 527 o 4947 (a) (1) del código impositivo de los EE. UU. Y que no entran dentro de las exenciones enumeradas a continuación.
03 - ¿Qué organizaciones están exentas de presentar el Formulario 990?
- Las iglesias y la mayoría de las organizaciones religiosas, como las escuelas religiosas, las misiones o las organizaciones misioneras. Los criterios para ser clasificado como iglesia se enumeran en la Guía de impuestos para iglesias y organizaciones religiosas (Publicación 1828 del IRS).
- Subsidiarias de otras organizaciones sin fines de lucro, donde puede haber una declaración grupal presentada por el grupo principal.
- Organizaciones sin fines de lucro que aún no están en el sistema. Si usted es una organización sin fines de lucro incorporada o sin fines de lucro no incorporada en su estado, pero no tiene la intención de solicitar al IRS la exención del impuesto a la renta federal, no tiene que presentar un Formulario 990.
Sin embargo, si su organización dice estar exenta de impuestos y tiene la intención de presentarla ante el IRS antes de que finalice el mes 27 desde la fecha de su incorporación, debe presentar el Formulario 990 (o 990-EZ o 990-N según corresponda) durante el período de 27 meses, a pesar de que no se ha presentado ninguna solicitud al IRS ni se ha recibido aún ninguna determinación. - Instituciones del Estado. Algunas instituciones estatales están exentas porque brindan servicios esenciales (una universidad es un ejemplo).
- Corporaciones gubernamentales.
- Para asegurarse de que tiene o no debe presentar una declaración, consulte la lista de excepciones del IRS. Hay consecuencias si no lo envía cuando sea necesario.
04 - ¿Cuándo archivamos el 990?
Debe presentar su 990, 990-EZ, 990-N o 990-PF antes del día 15 del quinto mes después de que finalice su período contable. Por lo tanto, si su año fiscal finaliza el 31 de diciembre, el 990 se vence el 15 de mayo del año siguiente. Se permiten dos extensiones de noventa días, a excepción de los archivadores 990-N (postal)
Es importante que archive y llegue a tiempo. Si no presenta un Formulario 990 por tres años seguidos, su estado de exención de impuestos será revocado automáticamente por el IRS.
Muchas organizaciones sin fines de lucro han perdido su estado de exención de impuestos en los últimos años porque no presentaron un 990 como se requiere. Estas son a menudo pequeñas organizaciones sin fines de lucro que no se dieron cuenta de que incluso con recibos de menos de $ 50,000, deben presentar el 990-N.
El 990-N es una postal con información mínima que se puede archivar electrónicamente. No te pierdas de hacerlo Si cree que su estado ha sido revocado, consulte esta página del IRS para más detalles.
Si pierde su estado de exención al no presentar el 990, no hay un proceso de apelación con el IRS. Su organización sin fines de lucro podría tener que pagar impuestos a la renta, tarifas a los usuarios y debe presentar documentación adicional. Evite este arduo proceso llenando a tiempo cada año.
05 - ¿Qué formulario 990 archivamos?
Los formularios 990, 990-EZ y 990-N están archivados por organizaciones exentas de impuestos , que forman su archivo depende de sus ingresos brutos. Se están introduciendo progresivamente nuevas reglas, por lo tanto, consulte este cuadro de umbrales del IRS para averiguar qué formulario desea archivar.
El 990-PF es archivado por todas las fundaciones privadas 501 (c) (3) y 4947 (a) (1) fideicomisos caritativos no exentos.
06 - Si quiero ver el 990 de una organización sin fines de lucro en particular, ¿cómo lo hago?
Puede buscar el Formulario 990 sin fines de lucro en el IRS, pero también puede verlo en la institución de beneficencia que le interesa.
Las organizaciones sin fines de lucro deben hacer que su 990 y su solicitud de exención estén disponibles para inspección pública sin cargo en sus oficinas regionales y de distrito durante el horario de atención habitual.
Muchas organizaciones sin fines de lucro ahora hacen que los 990 estén disponibles en sus sitios web. También puede verlos en Guidestar, una organización que proporciona información sobre organizaciones sin fines de lucro, y buscarlos en ProPublica, un sitio para el periodismo de investigación.
Un 990 sin fines de lucro puede proporcionar información valiosa para donantes y otorgantes, como fundaciones, gobiernos y corporaciones. Dado que los años noventa son documentos públicos y están ampliamente disponibles, las organizaciones sin fines de lucro deben ser diligentes para llenarlos correctamente y archivarlos a tiempo.