Qué sucede cuando su inquilino presenta el Capítulo 7

¿Puede un propietario todavía desalojar?

¿Qué hace cuando su inquilino se declara en bancarrota? Puede que aún no sea un problema que haya encontrado, pero es algo que todo propietario debe entender. ¿Tienes derecho a desalojar al inquilino? ¿Alguna vez cobrará el dinero que se le debe? Esto es lo que sucede cuando su inquilino presenta el Capítulo 7.

¿Qué es el Capítulo 7?

El Capítulo 7 es un tipo de bancarrota. En esta forma de quiebra, el deudor, en este caso, el inquilino, acuerda licuar sus activos.

Cuando el inquilino presente una solicitud ante el tribunal de quiebras, presentará una lista de todas las deudas y los gastos mensuales, así como todos los ingresos y activos. Se asignará un administrador tercero al caso del inquilino, que decidirá cómo dividir estos activos para pagar las deudas que el inquilino debe.

Estancia automática

Después de declararse en bancarrota, el inquilino recibirá una suspensión automática, mientras que esto suena como un término de bienes raíces, en realidad no lo es. Básicamente significa que las deudas de un inquilino se mantendrán donde están. Pone fin a que cualquier acreedor pueda cobrar las deudas que le debe el inquilino. Estos acreedores tienen prohibido comunicarse con el inquilino o intentar cobrar la deuda que se les debe.

Rechazar o asumir el contrato de arrendamiento

Los inquilinos que se declaran en quiebra tienen la opción de rechazar o asumir el arrendamiento. Si rechazan el contrato de arrendamiento, esto significa que deben mudarse fuera de la propiedad.

El inquilino seguirá siendo responsable de cualquier deuda con el propietario antes de que se declare en bancarrota, pero no acumulará ningún nuevo cargo.

Si el inquilino asume el contrato de arrendamiento, debe ponerse al día con todo el dinero adeudado al propietario, incluido el depósito del alquiler del mes siguiente que se adeuda al tribunal.

Si el inquilino no se pone al día, el propietario puede continuar con el desalojo.

Si el propietario presenta una demanda de desalojo antes de la bancarrota

Ciertos inquilinos han intentado evitar ser desalojados al declararse en bancarrota. La buena noticia para los propietarios es que, si ha iniciado su procedimiento de desalojo antes de que el inquilino haya presentado el Capítulo 7, entonces todavía puede continuar con el desalojo .

Excepciones:

Conviértase en corriente con el alquiler: ciertos estados permiten a los inquilinos detener un desalojo al ponerse al día con su alquiler. En estos estados, el inquilino tiene la capacidad de presentar una declaración jurada en la que el tribunal reconoce que el inquilino tiene el derecho, conforme a la ley estatal, de poner fin a un desalojo mediante la reparación de la renta que debe. Esta certificación debe hacerse al mismo tiempo que el inquilino se declara en quiebra.

En este momento, el inquilino también debe depositar en la corte la cantidad de renta que le deberá al propietario el próximo mes. El inquilino debe proporcionar al propietario una copia de esta declaración.

30 días: el inquilino tendrá 30 días a partir de la fecha de quiebra para pagar la totalidad de cualquier alquiler retroactivo adeudado al propietario. Si el inquilino se pone al corriente con su alquiler, el inquilino debe presentar una segunda certificación ante el tribunal, indicando que se pagó todo el alquiler atrasado.

Si el propietario no se opone a ninguna de las dos certificaciones, se suspenderá el desalojo. Si el propietario se opone en cualquier momento en que el inquilino presente la certificación, el propietario y el inquilino irán a la corte para determinar si la suspensión automática se levantará y el propietario puede proceder con el desalojo.

Defaults nuevamente: Si el inquilino no cumple nuevamente con su alquiler, el propietario tendrá que presentar una moción ante el tribunal para que se levante la suspensión automática. Si se levanta la suspensión, el propietario deberá enviar al inquilino un nuevo aviso para pagar el alquiler o renunciar y comenzar nuevamente el proceso de desalojo.

Si el propietario presenta una solicitud de desalojo después de la bancarrota

Si su inquilino ha presentado el Capítulo 7, e intenta presentar una declaración para desalojar al inquilino , no podrá continuar con el desalojo debido a la suspensión automática. Sin embargo, debido a la ley nacional que previene el abuso de bancarrota, esta suspensión automática puede ser de corta duración.

Mientras que una declaración de bancarrota borra la deuda existente de un inquilino, no elimina la deuda nueva del inquilino. Por lo tanto, si el inquilino todavía vive en su propiedad, él o ella sigue siendo responsable de pagar la renta adeudada del mes. Como esto se consideraría una nueva deuda, los propietarios pueden solicitar al tribunal que levante la suspensión automática para que puedan proceder con el desalojo. En la mayoría de los casos, el tribunal acordará levantar la suspensión automática.

Excepciones:

Incluso si no ha presentado una demanda para desalojar a un inquilino antes que los archivos del inquilino para el Capítulo 7, hay algunas situaciones que reemplazarán el derecho del inquilino a la suspensión automática. Los propietarios tendrán derecho a desalojar a un inquilino si el inquilino ha estado involucrado en el uso o comercio ilegal de drogas o ha puesto en peligro la propiedad en los últimos 30 días. El propietario debe presentar una certificación ante el tribunal, indicando este reclamo.

El inquilino tiene derecho a oponerse a estas reclamaciones. Si el inquilino no se opone dentro de los 15 días, el propietario puede continuar con el desalojo. Si el inquilino se opone, entonces el propietario y el inquilino irán ante el tribunal para determinar si hay verdad en este reclamo.

¿Cómo se recolecta el dinero que se debe?

Cuando el inquilino se declara en bancarrota, el propietario debe presentar un reclamo ante el tribunal de bancarrota, que es una declaración de todo el dinero que el inquilino le debe al propietario. El tribunal decidirá el orden en que se pagarán las deudas del inquilino.